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  • Sobre el Impuesto a los Grandes Patrimonios
  • Sobre el Impuesto a los Grandes Patrimonios
    A diferencia de los impuestos sobre los ingresos, típico caso del Impuesto sobre la Renta, los impuestos al patrimonio gravan las posesiones en vez de las ganancias
    25 octubre, 2021 por
    Sobre el Impuesto a los
Grandes Patrimonios
    Ivana Carrizo
    | Sin comentarios aún

         

              

     

    Un impuesto al patrimonio o impuesto a la riqueza es un tributo basado típicamente en el valor de mercado de los activos que posee una persona o en el valor del patrimonio contable de una persona.

    A diferencia de los impuestos sobre los ingresos, típico caso del Impuesto sobre la Renta, los impuestos al patrimonio gravan las posesiones en vez de las ganancias.

    En Venezuela se trata de un tributo anual que grava la totalidad del patrimonio neto de las personas naturales y jurídicas calificadas como Sujetos Pasivos Especiales, también conocidos como Contribuyentes Especiales.

    Impuesto a los Grandes Patrimonios

    Desde 2019, cuando se creó esta exigencia, según el criterio del Seniat todos los Contribuyentes Especiales están obligados a presentar la declaración del Impuesto a los Grandes Patrimonios (IGP), aunque sólo están obligados a pagar, según lo que establece la Ley Constitucional, aquellos contribuyentes que tengan un patrimonio igual o superior a 150 millones de Unidades Tributarias.

    Compartimos contigo algunos aspectos resaltantes de la Declaración y Pago de Impuesto a los Grandes Patrimonios:

    • Son contribuyentes de este impuesto los Sujetos Pasivos Especiales cuyo patrimonio sea igual o superior a 150.000.000 de Unidades Tributarias (U.T.).

    • La base imponible del impuesto será el resultado de sumar el valor total de los bienes y derechos, excluidos los pasivos y el valor de las cargas y gravámenes que recaigan sobre los bienes, así como, los bienes y derechos exentos o exonerados.

    • La Administración Tributaria dictará las normas para la actualización del valor de los bienes y la implementación del impuesto a los grandes patrimonios dentro de los 60 días siguientes a la entrada en vigencia de esta Ley.

    • La alícuota impositiva estará comprendida entre el 0,25% y el 1,50% del valor del patrimonio neto. El Ejecutivo Nacional podrá establecer tarifas progresivas conforme al valor patrimonial. Desde la entrada en vigencia de esta Ley y hasta tanto el Ejecutivo Nacional establezca alícuotas distintas, será del 0,25%.

    • El impuesto se causará anualmente sobre el valor del patrimonio neto al 30 de septiembre de cada año.

    • El impuesto sobre el Patrimonio no es deducible del Impuesto Sobre la Renta (ISLR).

    Los Sujetos Pasivos Especiales declararán el valor patrimonial del que dispongan para el corte (30 de septiembre de 2021), considerando las pautas de valoración básicas establecidas en la propia Ley y las emanadas del SENIAT.

    Al momento de escribir este artículo, la Unidad Tributaria está valuada en Veinte Mil bolívares (Bs 20.000,00). Para ayudar al lector a hacerse una idea práctica, si bien todos los contribuyentes calificados como especiales por el Seniat deberán presentar su declaración de Impuesto a los Grandes Patrimonios sólo deberán pagar este impuesto quienes posean un patrimonio neto con un valor igual o superior al equivalente en bolívares de 730.000 dólares.

    Hasta tanto no se produzcan modificaciones por parte del Ejecutivo los contribuyentes sujetos a este impuesto deberán pagar 0,25% de su patrimonio. Volviendo al ejemplo que poníamos, lo mínimo que deberán pagar por concepto de IGP aquellos obligados a declarar y pagar es el equivalente en bolívares a 1.830 dólares.

    Instructivo para la declaración del Impuesto a los Grandes Patrimonios IGP 

    Afectación al flujo de caja

    En la práctica, el problema con los impuestos al patrimonio es que contribuyentes con bajos ingresos pero con activos de alto valor son sujetos del impuesto y pueden tener problemas de flujo de caja para pagar el tributo.

    Considerando que en 2021 la mayoría de las empresas en Venezuela han estado severamente limitadas en sus actividades por los confinamientos sanitarios para la prevención del covid-19 y a eso se le tiene que sumar la crisis económica e hiperinflación que vivimos desde hace muchos años resulta sumamente difícil para una empresa, que posiblemente tenga un patrimonio valuado en más de 150 millones de Unidades Tributarias, el tener flujo de caja para cumplir con esta obligación.

    El período para presentar y pagar la declaración del Impuesto a los Grandes Patrimonios este año es el mes de noviembre de 2021. Las fechas varían para cada contribuyente dependiendo del terminal del número del Registro de Información Fiscal (RIF) y están publicadas en el Calendario de Contribuyentes Especiales. 

    Es propicio el momento para comenzar a analizar con calma y objetividad el entorno, eso incluye claro está el marco normativo y también considerar el estado de tus finanzas, operaciones y la salud de tu negocio luego de más de un año de interrupción de la actividad económica normal del país.

    Sobre el Impuesto a los
Grandes Patrimonios
    Ivana Carrizo 25 de octubre de 2021
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